viernes, abril 20, 2012



El fuero militar en México
Argumentos para un sustento nacionalista
Tratar el tema del fuero militar es referirnos a una importante época de la historia universal y a la costumbre tradicional de algunos países europeos, especialmente España, por los privilegios y las dignidades eclesiásticas que excluían a un determinado sector de la aplicación de las leyes, dando por resultado que esa excepción se convirtiera posteriormente en regla; sin embargo, en México hoy en día el fuero militar es diferente, ya que nuestro sistema jurídico no reconoce ningún tipo de privilegios ni dignidades para los miembros de las fuerzas armadas.

Desde la época Independiente, el fuero militar se entiende únicamente como potestad. En la procuración y administración de la justicia no existe otro sentido, en estos términos lo establece el artículo 435 del Código de Justicia Militar, al disponer que la facultad de declarar que un hecho es o no delito del fuero de guerra, corresponde a los tribunales militares.

Los órganos de la justicia castrense son imprescindibles para las instituciones armadas que constituyen la fuerza física del Estado y, como tal, deben mantenerse debidamente controladas para que cumplan de manera plena su función protectora de la sociedad y de la nación. Estos órganos de justicia tienen la exclusiva encomienda de velar por el principal factor de control del personal militar, que es precisamente la disciplina, definida como las normas a las cuales el militar debe sujetar su conducta, y que tienen como base la obediencia y un alto concepto del honor, de la justicia y de la moral, y por objeto el exacto cumplimiento de los deberes que prescriben las leyes y reglamentos respectivos.

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