Aplica juez federal la primera sentencia contra fuero militar
El juez Carlos Alfredo Soto, de San Andrés Cholula, Puebla, ordenó a un juez militar a declararse incompetente en el proceso que se sigue contra un soldado que mató al indígena guerrerense Bonfilio Rubio Villegas.
Ciudad de México • Por vez primera un juez federal aplicó la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso Rosendo Radilla, en la que determinó que los militares que cometan delitos que violen los derechos humanos de civiles, no podrán ser juzgados en tribunales castrenses.
Y es que el juez Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, Carlos Alfredo Soto Morales, ordenó a un juez militar a declararse incompetente en el proceso que se sigue contra un soldado que mató al indígena guerrerense Bonfilio Rubio Villegas, durante un retén sobre la carretera que comunica a los municipios de Tlapa de Comonfort y Huamuxtitlán, el 20 de junio de 2009.
A pesar de que al elemento castrense le fue dictado auto de formal prisión por el homicidio del civil, la familia de la víctima solicitó un amparo para que el caso de Bonfilio sólo fuera conocido por las autoridades judiciales civiles.
“Como consecuencia de lo anterior, se concedió el amparo a los quejosos, para que el Juez Militar se declare incompetente de la causa penal seguida en contra del soldado procesado por el delito de homicidio y remita el expediente a un Juez Federal”, señala la sentencia.
El 20 de junio de 2009, en la mencionada carretera se instaló un puesto de control militar que marcó el alto a un autobús de pasajeros. Durante la inspección, los elementos del Ejército descubrieron que un civil portaba botas militares; el chofer del camión de pasajeros cerró la puerta del camión y lo puso en marcha intentando arroyar al personal militar.
Por esa razón diversos soldados de infantería dispararon contra la unidad. Uno de los disparos impactó en el medallón del automotor y penetró por el respaldo del asiento en el que iba sentado Bonfilio, ocasionándole la muerte.
La Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero inició la averiguación previa correspondiente, pero el caso lo remitió al Ministerio Público Militar para que siguiera conociendo de los sucesos, debido a la participación de miembros de las fuerzas armadas.
El Ministerio Público Militar ejerció acción penal ante un Juez Militar; en el proceso se dictó auto de formal prisión, por el delito de homicidio culposo, al soldado de infantería que presuntamente realizó el disparo que mató al civil.
No obstante, el padre y hermano de la persona fallecida promovieron un juicio de amparo, para buscar que la causa penal se siguiera ante un juez civil, no uno militar.
El 12 de julio de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo histórico, pues determinó que los militares que cometan delitos que violen los derechos humanos de civiles, no podrán ser juzgados en tribunales castrenses, sino en el fuero común y federal.
Por unanimidad, el Pleno restringió el fuero militar, en cumplimiento a una parte de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la cual condenó al Estado mexicano por la presunta desaparición forzada del activista Rosendo Radilla Pacheco, en 1974.
El ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia propuso que la Corte asuma la competencia de los procesos que se encuentran en estos momentos en la justicia militar, en tribunales federales o del fuero común, relacionados con la violación de las garantías individuales de civiles por parte de soldados.
Lo anterior para dictar una jurisprudencia que pueda aplicarse en los tribunales inferiores.